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Sistema penitenciario : cárceles inhumanas, aptas para delinquir CODEHUPY, Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay Enfermedades; Educación; Mujeres; Cárceles; Sistema penitenciario; Alimentación; http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/Paraguay/cde/20120928122600/penitenciario2002 URL Reconocimiento-No comercial-Sin obras derivadas 2.0 Genérica http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.0/deed.es Segui buscando en la Red de Bibliotecas Virtuales de CLACSO
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El sistema penitenciario paraguayo, an-tes que perseguir la rehabilitación de laspersonas que purgan condenas, siguesiendo un sistema represivo de produc-ción de mayor criminalidad. No seadecua a las pautas de las mejoras legis-lativas, no existe planificación ni interéspara mejorar la situación en las cárce-les, y tampoco el Estado brinda los re-cursos necesarios para implementar me-didas que se orienten a tal fin. En el Paraguay el sistema penitenciario soporta graves deficiencias, y antesque cumplir con el objetivo de reinsertar a las personas infractoras a la socie-dad, va perfeccionándose en una verdadera escuela de la delincuencia. Losorganismos encargados del sistema son teóricamente los correctos, pero lafunción que realizan no se ajusta a las necesidades reales de las cárceles ennuestro país.
La Dirección de Institutos Penales (DIP), dependiente del Ministerio de Jus-ticia y Trabajo, es la encargada del control de todo el régimen penitenciariointegrado por 10 penales y dos correccionales, una nacional que es la deTacumbú y las demás regionales que están en diversos puntos del interior delpaís. Existen dos cárceles de mujeres, siendo la principal la Casa del BuenPastor, ubicada en la capital; además, funciona desde hace dos años un cen-tro de rehabilitación de menores infractores que funciona en la ciudad deItauguá, en el departamento Central. Según datos proporcionados por el DIP,en octubre del 2002 las cárceles del país albergaban a 4.456 presos y presas,de los cuales aproximadamente 2.100 (47%) están en la principal cárcel delpaís, la Penitenciaría de Tacumbú, asentada también en la capital del país.
El régimen penitenciario paraguayo se rige por la Ley Nº 210 del año 1970,que establece en el Capítulo I “De los principios básicos del régimen peni-tenciario”, que “la pena restrictiva de la libertad tenderá, cuando su duraciónlo permita, a la readaptación social del Interno”. Hacer un estudio pormeno-rizado de la realidad penitenciaria, sin embargo, lleva inevitablemente a laconclusión de que el régimen en cuestión no es adecuado para el cumpli-miento de su objetivo, pues antes que preparar a los reclusos y reclusas parasu reinserción social, los torna más degradados/as y socialmente peligrosos/as,de donde concluir que el sistema termina siendo una “escuela de la delin-cuencia” no contiene un ápice de exageración.
La ley establece que el régimen se caracterizará por su progresividad, y enlos casos de condena constará de un periodo de observación, uno de trata-miento, y por último de un periodo de prueba y de libertad condicional. El cumplimiento de estos pasos contribuiría a la recuperación de la persona condenada a tantos años de prisión; sin embargo, tal progresividad no existeni puede existir, pues el régimen se mueve en condiciones de absoluta preca- riedad que no permite la aplicación de los referidos periodos. Hay grandesdeficiencias de fondo que deben ser tenidas en cuenta por las autoridades: noexisten recursos económicos suficientes ni hay personal apto y debidamenteentrenado para llevar adelante un programa ideal como el establecido. Todoel sistema se mueve dentro de una absoluta precariedad.
La ley es letra muerta, ninguno de los 94 artículos se cumple como debe ser.
Se habla de respeto a los derechos humanos y de brindar las herramientas Sistema penitenciario
necesarias para que internas e internos puedan ser nuevamente viables so- cialmente, pero la absoluta falta de atención a las cárceles convierte el siste- ma en una bomba de tiempo. No existe decisión política para solucionar losproblemas de las cárceles, lo que se demuestra en la excesiva rotatividad de los principales encargados de la administración de todo el sistema peniten-ciario, y esto se ha incrementado en los últimos dos años con la designaciónde al menos cinco directores de Institutos Penales e igual número en la peni-tenciaría de Tacumbú.
Todas las cárceles soportan problemas similares: superpoblación, infraes-tructura deficitaria, presupuesto insuficiente, falta de política carcelaria orien-tada a favorecer la recuperación de las personas recluidas para su reinserciónsocial. Todas también tienen una composición social similar: personas deextracción social popular, con escaso o nulo nivel de instrucción escolar.
Cárceles inhumanas, aptas para delinquir De lo apuntado no hay que deducir, obviamente, que los únicos que delin-quen son las personas de origen pobre; hay delitos que protagonizan perso-nas de las más diversas clases sociales, inclusive de las más encumbradas.
Lo que sí se puede concluir es que sobre todo se penaliza a los de extracciónsocial pobre, quedando impune el grueso de los delitos cuyos autores son deun nivel social superior.
De acuerdo con las estadísticas de la Dirección General de Institutos Pena-les, los reclusos y reclusas están distribuidos/as de la siguiente manera: Cuadro N× 1
PoblaciÛn carcelaria seg¹n los distintos centros penitenciarios*
Departamento
Cantidad de
reclusiÛn
personas recluidas
* Estos números corresponden a los meses de agosto y setiembre. La cantidad de personas reclui- De acuerdo con la Asesoría Jurídica de la Penitenciaría Nacional de Tacumbú,el porcentaje de reclusos que no tienen condena es superior al 70%. Ningúncriterio de clasificación de internos es utilizado en las cárceles para determi-nar el grado de peligrosidad de los mismos a la hora de ubicarlos en lasceldas o pabellones. La ley 210 en su capítulo II habla sobre el ingreso y laclasificación. Es clara en este punto y refiere que las personas que ingresan alas cárceles serán clasificadas de acuerdo a la magnitud de los delitos come-tidos. Ningún criterio de clasificación se aplica, ni siquiera el de peligrosi-dad. De ahí que un interno que ha ingresado por un delito casi inofensivo,como robar para comer, por ejemplo, pueda compartir la celda con otro queingresó por asesinato múltiple; o que haya menores de edad con adultos, oincluso mujeres recluidas en cárceles destinadas exclusivamente para varo-nes.
También establece que las personas ocuparán en forma individual las celdaso entre más de dos si las condiciones no estuviesen dadas, pero especificaque los presos deberán dormir en celdas individuales por una cuestión deseguridad. Las cárceles paraguayas albergan de entre 6 a 8 personas, o aveces más, en una celda, lo que facilita la promiscuidad.
Los internos e internas deben de ser sometidos en forma obligatoria a exá-menes médicos de todo tipo para determinar en qué condiciones de salud seencuentran. Se entiende el peligro que representa albergar a personas conenfermedades infectocontagiosas en celdas compartidas. Además, si los in-ternos se encuentran afectados de salud, se debe determinar el problema parabrindarles un urgente tratamiento.
Mientras dure la condena, las personas privadas de su libertad pueden reci-bir visitas los días lunes, miércoles, viernes, sábado y domingo. Las mismaspueden clasificarse en cuatro tipos: Las familiares: las personas más cercanas a la persona recluida, tantoparientes como amigos/as, pueden ingresar al penal en los días fijados.
Las privadas: esposas o parejas ocasionales visitan a los presos para mantener relaciones sexuales. Hay días y horarios establecidos y se pagapor este servicio. El penal cuenta con un pabellón de 42 piezas para Las mutuas: reclusas de la cárcel de Mujeres del Buen Pastor puedeningresar los miércoles. Algunas son esposas de los internos y otras creanvínculos con otros presos.
Las profesionales: los abogados y abogadas que se encargan de los pro-cesos pueden visitar a sus clientes todos los lunes y cualquier otro díade la semana, previa obtención de un permiso. También los reclusos Sistema penitenciario
reciben visitas de miembros de la justicia ordinaria y organizaciones de Derechos Humanos, tanto oficiales como no gubernamentales.
Los establecimientos: prescripciones y realidad La Ley 210/70, en su artículo 90º, que fuera modificado en octubre de 1993,dispone que los establecimientos penitenciarios que alojarán a sentenciadosy procesados serán de rehabilitación, corrección y prevención, y contaráncomo mínimo con los medios siguientes: Un organismo técnico y criminológico del que formará parte, por lomenos, un médico psiquiatra con versación en criminología.
Servicio médico acorde con las necesidades del establecimiento.
Cárceles inhumanas, aptas para delinquir Secciones de trabajo que aseguren la plena ocupación de los internos.
Biblioteca y escuela primaria a cargo de personal docente.
Capellanes nombrados por el Estado o adscriptos honorariamente alestablecimiento.
Tribunal de Conducta que estará constituido por los encargados del tra-tamiento penitenciario.
Instalaciones recreativas pertinentes.
Locales y medios adecuados para segregar y tratar a los internos quepadezcan psicosis, y Personal idóneo que ejercerá una actitud predominantemente educativa.
Ni la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, ni las demás Penitenciarías yCorreccionales disponen “como mínimo” con los medios que señala la ley,teniendo como resultado lo siguiente: No hay en la Penitenciaría de Tacumbú un “organismo técnico ycriminológico.”. En las otras, tampoco.
El servicio médico no dispone de personal ni de recursos acorde con lasnecesidades de los establecimientos.
Las secciones de trabajo son excesivamente pequeñas, para un reduci-do número de reclusos, ni siquiera para el 5%.
La Biblioteca ha desaparecido, la escuela primaria funciona muy pre-cariamente.
No hay responsables del tratamiento penitenciario, tal como se lo con-cibió.
Los espacios recreativos son ínfimos e insatisfactorios.
No hay espacios ni criterios apropiados para “segregar y tratar a losinternos que padecen psicosis”.
No hay personal idóneo” para ejercer una “actitud predominantementeeducativa”.
La red opera con personal que aplica una política penitenciaria represiva. Yes apto para ello desde todo punto de vista. Para no extenderse basta referirque el criterio de una alta autoridad penitenciaria es ilustrativo: “Se aplica lapolítica del garrote”. Así de simple.
Para el análisis de la superpoblación en los centros de reclusión apenas esimportante listar las Penitenciarías y Correccionales, contrastando datos so-bre capacidad y total de reclusos: Cuadro N° 2
Penitenciarías según capacidad y N° de reclusos/as
Penitenciaría
Departamento
Capacidad Cantidad de
internos/as
Las únicas excepciones en cuanto a superpoblación son las dos correccionalesde mujeres y la Penitenciaría de Emboscada. En los demás casos haysuperpoblación, en algunos de ellos de manera crítica.
El artículo 92 refiere que “los establecimientos de mujeres estarán a cargoexclusivamente de personal femenino”. Sin embargo, la realidad es otra yaque los propios datos oficiales de Institutos Penales demuestran que existen Sistema penitenciario
mujeres en cárceles para hombres así como también menores de edad.
Los datos recogidos en entre agosto y septiembre de este año relevan la vio- Cuadro N° 3
Mujeres y menores de edad recluidas/os en
penitenciarías de hombres
Lugar de reclusión
Menores de edad
Cárceles inhumanas, aptas para delinquir Ninguna de las cárceles de nuestro país está preparada para brindar las másmínimas atenciones a una persona privada de su libertad. Los ejemplos másfuertes de esta realidad son las condiciones en que se encuentran los internosde las cárceles de Tacumbú, en Asunción, las de Coronel Oviedo, las deEncarnación y las demás regionales.
Los delitos se han institucionalizado en el interior mismo de las cárceles,donde las personas que visitan a los internos son asaltadas y despojadas desus pertenencias. En la cárcel circulan drogas entre los internos, quienes abier-tamente señalan que la obtienen a través de los guardiacárceles luego dedarles una pequeña propina o por la simple compra. La nula existencia de uncontrol efectivo de la seguridad facilita la introducción, tráfico y consumo dedrogas (marihuana, cocaína, inhalantes) dentro de la prisión, así como elconsumo de alcohol, y la introducción de armas blancas, cortantes y punzantes.
La Comisión Mixta y las visitas privadas Por ser la penitenciaría con mayor número de reclusos, Tacumbú presentalas más graves distorsiones en su funcionamiento. Por ejemplo, una investi-gación realizada ha desnudado la existencia de una Comisión Mixta que se encarga de la provisión de mercaderías para las cantinas internas que operandentro del penal. Esta comisión está presidida por un funcionario de la cár-cel, y vende mercaderías de todo tipo a los internos: desde azúcar, harina,arroz, fideos, yerba, panificados, verduras y leche en polvo hasta medica-mentos para urgencias menores.
Los productos son vendidos a precios bastante altos, y los internos se ven enla obligación de adquirirlos para preparar sus alimentos diarios, pues la co-mida que se sirve en el penal no es apetecible y tampoco alcanza para todos.
Esta comisión funciona sin una autorización escrita del Ministerio de Justi-cia y Trabajo, y el dinero recaudado no ingresa a una cuenta en el BancoCentral tal como establece la ley de presupuesto. Esta ley dispone que losrecursos generados en una institución pública deben ser depositados en unacuenta estatal, y posteriormente solicitar la liberación de estos fondos al Mi-nisterio de Hacienda. Unos 80 millones anuales recauda esta comisión conuna ganancia diaria de 220 mil guaraníes.
Otra de las irregularidades es el cobro para utilizar las “privadas”, es decir,piezas donde los internos intiman con sus esposas o con sus parejas ocasio-nales. Los internos disponen de piezas especiales para mantener dichos con-tactos íntimos, que están amuebladas mínimamente y en la mayoría de loscasos disponen de un baño individual, y de un baño de uso colectivo, enotros.
El mecanismo para el uso de dichos cuartos es relativamente simple, perocostoso: los interesados deben comunicar su deseo de utilizar una de las ha-bitaciones, un día antes al encargado de la administración del servicio, quees un funcionario del Penal; realiza el pago y debe dejar registrado quién esla persona que vendrá a verlo. Para utilizar las habitaciones comunes se paga8.500 guaraníes y las más equipadas cuestan de 13 a 15 mil guaraníes1.
Para el funcionamiento de este sistema se cuenta con habitaciones numera-das en los pabellones de tres pisos con 42 habitaciones numeradas: 30 sonpiezas especiales con baño privado y 12 son comunes, equipadas con unacama matrimonial, una mesita, una silla. Las parejas que utilizan las habita-ciones más baratas deben acudir a un baño común. Existen tres turnos para el uso de las habitaciones (mañana, tarde y noche) y cada turno dura alrededorde tres horas; no obstante, es posible permanecer todo el día; sólo es cuestiónde pagar un monto más elevado, de 30 a 50 mil guaraníes. El pago precede al permiso. Las tarifas pueden ir en aumento y son fijadas exclusivamente porel director de la Penitenciaría.
Si las habitaciones fuesen utilizadas de manera plena y permanente, se ten-dría capacidad para el uso de 126 turnos, es decir, cada 18 días un reclusotendría la posibilidad de tener contactos íntimos, lo que es poco. Los espe-cialistas en relaciones sexuales y de pareja aseguran que por regla es aconse- Sistema penitenciario
1 A fines de noviembre, 1 US$ equivalía a 7.070 guaraníes.
jable que las personas mantengan relaciones como mínimo una vez por se- mana. Esto es lo recomendable desde el punto de vista de una vida saludable.
Ocurre que para los reclusos esto es aún más importante, ya que el estar privado de la libertad produce estados de ansiedad y de tensión a veces críti-cos, que deberían ser sanamente canalizados de modo que esto revierta en unmejoramiento de la situación general del recluso, teóricamente en procesode “tratamiento”. De ahí que universalmente se considere fundamental teneruna política apropiada en este campo, que apunte a resolver de forma satis-factoria varios problemas y amenazas: La vida sexual sana, suficiente en cantidad y calidad, tiene múltiplesimpactos positivos sobre el estado de ánimo, sobre el equilibrio emo-cional y hasta sobre la estabilidad física.
Las prácticas sexuales sistemáticas minimizan otros comportamientosrelativamente morbosos, sobre todo en ámbitos en los que la promis- Cárceles inhumanas, aptas para delinquir El hecho de estar condenado a varios años de prisión habilita teóricamente alinterno a usufructuar gratuitamente el servicio, pero esta regla no siempre serespeta y la mayoría de las veces se ven obligados a pagar. En el caso de lasvisitas realizadas por las esposas, compañeras o novias a sus respectivas pa-rejas recluidas en la Penitenciaría, todo se desarrolla con normalidad. Lostrámites son relativamente simples, pues las visitantes se presentan a deter-minadas horas y abandonan el lugar después de concluido el tiempo previs-to. Otros casos, sin embargo, resultan interesantes, por lo que se procede adescribirlos de manera sintética, pues poco o nada se conoce sobre cómofuncionan.
Un hecho rodeado de aspectos llamativos que se da en el marco del régimende visitas privadas es el protagonizado por las internas del Correccional deMujeres “El Buen Pastor”. Éstas visitan en la cárcel de Tacumbú a sus res-pectivas parejas, momentos que aprovechan para poner en contacto a otrosreclusos con algunas amigas, también internas. Y así se van tejiendo relacio-nes entre internos. Se permite el ingreso de estas mujeres todos los miérco-les, desde las 08:00 de la mañana hasta las 16:00 de la tarde.
Otra manera en que funcionan las visitas privadas envuelve a internos conprostitutas. El contacto se produce del siguiente modo: las prostitutas ingre-san como visitantes normales los días habilitados para tal efecto y si losreclusos solicitan sus servicios se coordinan los encuentros para determina-dos días. La mayoría de las relaciones que se establecen en el marco de lasvisitas privadas se producen de esta manera.
Esta práctica es sumamente peligrosa, teniendo en cuenta la promiscuidadreinante dentro de la cárcel, a la que se suma la promiscuidad propia querodea el cotidiano de una prostituta. Los elementos agravantes suman: esnormal, por ejemplo, que algunas prostitutas mantengan relaciones con va- rios internos, y es más común aún que las relaciones se realicen sin cuidadosmínimos, como el uso de preservativos. Esto ubica la práctica en la franja dealto riesgo, pues hay que tener en cuenta que las enfermedades venéreas, asícomo la tuberculosis y otros males contagiosos, afectan a casi el 80% de lapoblación penal.
En un intento tímido por controlar la situación, los funcionarios de la Sani-dad solicitan a los guardias que de acuerdo con las fichas médicas indiquen ala mujer visitante si su acompañante está infectado o no, en cuanto a lasenfermedades venéreas. Esfuerzo inútil; no existe control efectivo para evi-tar eventuales contagios, ni se previene que los que tienen enfermedadesinfecto-contagiosas se abstengan o mantengan relaciones con los debidoscuidados.
Las autoridades encargadas que deberían controlar la situación sólo apelan aque los presos sean conscientes del peligro al que exponen a otras personas,pero las recomendaciones no son escuchadas. Se insiste verbalmente en eluso de preservativos pero los internos se niegan a hacerlo, y en la mayoría delas veces, según cuentan ellos mismos, sus parejas se oponen más terminan-temente a su uso.
Pero todo esto es sólo una parte del funcionamiento de este sistema, y losvalores, si es que existen, están tan trastocados que se dan casos donde lospropios reclusos “venden” o “alquilan” a sus esposas. El tema funciona así:al visitarlo, el recluso la convence de que es amenazado de muerte por losdemás internos y que debe realizar un “sacrificio” para que él pueda perma-necer vivo.
La alimentación en las cárceles del país es pésima. Los recursos asignadosen el presupuesto no son suficientes para cubrir las necesidades alimentariasde las personas recluidas. Las comidas que sirve el penal a los presos noreúnen los nutrientes indispensables para que una persona pueda mantenerseen condiciones físicas y mentales aceptables.
Reciben tres comidas diarias: desayuno, almuerzo y cena. El primero se sir- ve a partir de las 5:30 de la mañana y consiste en un jarro de cocido negrocon dos galletas, a veces tiene un poco de leche sólo para cortar el aspecto negruzco de la yerba quemada con el azúcar. El almuerzo se sirve entre las11:30 y 14 horas. La cena se sirve antes de las 20, hora en que todos losinternos deben estar en sus celdas. El presupuesto prevé que se debe gastarunos 2.677 guaraníes por día por recluso para las tres comidas que debeconsumir. El monto es ínfimo. Debido al grado de tensión, depresión y aveces psicosis que implica el estar encerrado para una persona, una correctaalimentación es indispensable, pero esto no se da en lo más mínimo dentrode las paredes de la Penitenciaría Nacional.
Sistema penitenciario
En el caso concreto de la cárcel de Tacumbú las planillas de la Dirección de Institutos Penales demuestran que al año esta penitenciaría gasta por los másde 2.000 internos unos 6.570 kilos de yerba, 32.850 de azúcar, 164.250 kilos de leche en polvo, y 105.120 kilos de galleta para el desayuno. Los internoshan denunciado que no se les sirve leche y que el cocido apenas es endulzado.
Hay unas 400 personas que no comen a diario las raciones de la cárcel. Todolo que se sirve es insuficiente y algunos internos optan por volver a cocinaren sus celdas; dentro de las cárceles se venden verduras y preparan su propioalimento.
La situación de la salud en las cárceles Con respecto al tema de la salud de los reclusos y reclusas, la Ley 210/70contempla en su capítulo X, De la asistencia médica, que el “interno tienederecho y está obligado a recibir asistencia médica para preservar y mejorar Cárceles inhumanas, aptas para delinquir su salud física y mental [.]” (art. 73º); que a su ingreso “será sometido a lasmedidas profilácticas fundamentales y a los exámenes clínicos necesariospara determinar el estado de su salud [.]” (art. 75º). Letra muerta.
La atención médica y la cuestión de la alimentación son dos de los principa-les problemas de las cárceles. Tacumbú cuenta con un staff de médicos, peroéstos no cumplen horario y no realizan una atención adecuada; por su parte,el penal de Emboscada no tiene un médico designado, sólo una enfermera.
Las demás penitenciarías regionales tampoco tienen médicos permanentes,sólo enfermeros que hacen todo el trabajo. Si un interno está enfermo degravedad se lo traslada a Emergencias Médicas o al Hospital Nacional deItauguá donde son atendidos.
Las cárceles no cuentan con ambulancias para ser utilizadas en casos deemergencia, la mayoría de las veces, cuando ocurren enfrentamientos y losheridos deben ser trasladados a un centro asistencial, se los tira en cualquiervehículo y si la suerte los acompaña llegan vivos al nosocomio. El presu-puesto para la atención de la salud es ínfimo. Tomando como ejemplo lapenitenciaría nacional, sólo se puede gastar unos 29 guaraníes por día encada recluso. El presupuesto anual para compra de medicamentos es de22.080.830 guaraníes. No existen medicamentos, no se las puede comprarpor falta de rubros, y los médicos trabajan con muestras gratis o solicitandonaciones a ciertos laboratorios para poder brindar medicamentos a los in-ternos.
La insalubridad en los penales está a la orden del día. Los internos sufren deenfermedades de la piel y afecciones dentarias, enfermedadesbroncopulmonares, e incluso las más graves como el SIDA, la tuberculosis,sífilis y otras enfermedades venéreas. Para desnudar la deficiente, por no decir nula atención médica en los penales, basta este ejemplo: en Tacumbú laenfermedad más común se llama escamosis (lesión en la piel). De 2.040reclusos que se encuentran en los pabellones comunes, casi 1.800 presentaneste cuadro. Extrañamente, el dermatólogo sólo atendió a 9 pacientes en todoel mes de julio y en agosto aumento unos 15, según se pudo constatar en lasplanillas de la Sanidad. Esto demuestra una deficiencia alarmante en cuantoal funcionamiento de la atención médica y el tratamiento de esta enferme-dad.
Como no existen medicamentos, los enfermeros se las ingenian para fabricarremedios caseros y tratarlos con éstos a los enfermos. Los expectorantespara la tos y la gripe surten efecto rápidamente. Las enfermedades más gra-ves como el Sida o la tuberculosis deben de ser tratados con medicamentosbastante caros, que son proporcionados ocasionalmente por los programasde asistencia, o a veces son productos de donaciones de laboratorios del sec-tor privado.
Los enfermos psiquiátricos, unos 35 en Tacumbú –según las planillas oficia-les, en las penitenciarías regionales no se registran como tales– necesitan sersometidos a un tratamiento riguroso y costoso. Las medicinas son caras, di-fíciles de conseguir y en la Sanidad nunca hay stock. Los enfermos debenconsumir varias drogas y la mayoría de las veces sólo se cuenta con una deellas, por lo que al suministrarla no se logran los efectos del tratamiento,pues los demás medicamentos actúan como un complemento indispensable.
Necesitan una combinación de drogas y la falta de ellas produce unadescompensación y el tratamiento no surte efecto. Mensualmente se les apli-ca Haldol Decanoas (halo peridol decanoato 70,52 mg), medicamento que esdifícil de conseguir en la sanidad del penal por su alto costo en el mercado:60 mil guaraníes. Un cálculo simple nos da que los 35 pacientes gastan eneste inyectable 2.100.000 guaraníes al mes y al año 25.200.000, lo que exce-de el presupuesto para medicamentos de todo el año, que es de sólo 22.080.830millones.
Los números no cierran y sumando y multiplicando sólo se puede concluirque estos enfermos están en total abandono, sin un tratamiento adecuado, lo que imposibilita cualquier recuperación.
Además, los cuadros violentos y el descontrol que demuestran los pacientespsiquiátricos impiden a los enfermeros acercárseles para medicarlos.
La Ley 210/70 prescribe que todo interno analfabeto será obligado por lasautoridades de la Penitenciaría a iniciar sus estudios y si las condicionesestán dadas a terminar por lo menos el nivel medio (ciclo secundario) o eltécnico. La norma refiere que deben existir centros educativos dentro de lospenales para que lo internos analfabetos puedan leer y escribir, y aquellos Sistema penitenciario
que lo deseen, completen su educación inicial o la básica. “La instrucción será obligatoria para los internos analfabetos y los que no hubieran comple-tado el ciclo primario. Puede eximírsele de esta obligación al interno mayor de 45 años y al que careciere de las mínimas condiciones intelectuales”, rezael artículo 60 de la ley penitenciaria.
Todo el marco legal está construido como para que se le brinde a la personaprivada de su libertad todos los mecanismos para cubrir las necesidades deeducación, y se establecen aspectos que buscan mejorarlo para el día en queabandone la Penitenciaría. Por ejemplo, no puede constar en su certificadode estudios que los cursos fueron realizados dentro de la cárcel bajo ningunacircunstancia. Pero todo esto también es letra muerta.
No se invierte en materia de educación para el interno, así como tampoco sele exige para que aproveche los cursos existentes. La cuestión de fondo es,sin lugar a dudas, que no existe una política penitenciaria seria que apueste a Cárceles inhumanas, aptas para delinquir dar mayor seguridad a la ciudadanía. El trabajo de instruir a los reclusosdebería encararse sobre todo con esa finalidad, pues al no hacerlo se terminacondenándolos a que sigan en las prácticas que los llevaron a la prisión. Noexiste asimismo, ninguna política post-penitenciaria.
Una persona que está recluida durante años dispone de tiempo suficientepara estudiar y adquirir los conocimientos básicos de una profesión. Lo quese lograría con ello es mucho, frente a lo que ello costaría. Se conseguiría: que el recluso tenga una comprensión más acabada de las responsabili-dades en la vida, que el mismo tenga condiciones intelectuales suficientes para ganarsela vida sin delinquir, Pero para ello sea posible, se debe tener la capacidad de estimular a los inter-nos e internas, lo que implica personal apto para tal, lo que implica, a su vez,política orientada en esa dirección. Y esto es lo que no hay.
De todo lo expuesto sobre la realidad penitenciaria se desprenden dos con-clusiones fundamentales: La política penitenciaria en el Paraguay es esencialmente represiva, apos-tando a controlar la delincuencia a través de mecanismos de seguridadamplios y mejor equipados, así como de una abultada estructura judi-cial, obteniéndose como resultado final que ni se controla la criminali-dad, ni se la reduce. El motivo es simple, pero grave: la política peni-tenciaria está en abierta colisión con los avances teóricos y doctrinariosque se han producido en ese campo, con el agravante de soportar la disociación entre discurso y praxis, pues se incorporan en las legisla-ciones los elementos más avanzados, pero se practica un sistema decontrol ineficiente que se ha demostrado de manera inequívoca.
El alcance del mejoramiento de las condiciones socioeconómicas tieneun efecto doble y potenciado, pues además de reducir los niveles decriminalidad, impactará positivamente también sobre la justicia penal,que dispondrá de más recursos para destinar al tratamiento de los reclusospara su reinserción en la sociedad. Esto se ha demostrado sobradamen-te en los países de mayor desarrollo, donde los contrastes sociales sehan reducido.
Primera, de aplicación inmediata: Resulta aconsejable la adopción deun conjunto de medidas, que implican entre otros, pero no exclusiva-mente, mejores recursos para descomprimir el problema: separación de los reclusos por el grado de peligrosidad, por un lado, yla situación de las personas condenadas o procesadas por el otro, reclusión de menores y mujeres en lugares apropiados, y aplicación de programas recreativos, laborales y educativos, para redu-cir en el corto plazo los altos niveles de agresividad.
Segunda, de aplicación a mediano plazo: Se hace impostergable abriruna discusión a fondo sobre la política penal más adecuada para el país,que incorpore ciertamente los avances doctrinarios, pero que sobre todose compadezcan de la realidad del país.
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Cárceles inhumanas, aptas para delinquir • Liz Varela Sistema penitenciario
Cárceles inhumanas, aptas para delinquir • Liz Varela Sistema penitenciario
Cárceles inhumanas, aptas para delinquir • Liz Varela

Source: http://biblioteca.clacso.edu.ar/Paraguay/cde/20120928122600/penitenciario2002.pdf

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